Pbro. Jacinto Rojas
La doctrina católica tradicional está siendo, en los tiempos actuales, objeto de reflexiones y replanteamientos en encuentros cientÃficos o pastorales y en publicaciones más o menos serias, de forma que no parece exagerado hablar de un cierto ambiente divorcista en núcleos nada despreciables de vida eclesiástica y que insensiblemente está mentalizando a importantes sectores de opinión dentro del pueblo de Dios.
Con frecuencia, la motivación de este tipo de intervenciones públicas y de escritos impresos responde al buen deseo de resolver problemas concretos de cristianos que desearÃan regularizar su situación matrimonial surgida al margen de la disciplina canónica. En otras ocasiones, habrÃa que pensar en un comprometido empeño de alterar las bases cristianas sobre el matrimonio y la familia.
Al margen de un juicio de intenciones, el resultado práctico está siendo un deterioro de las firmes convicciones de los cristianos ante el panorama creado por opiniones precipitadas y campañas más o menos sintonizadas con notable participación de sacerdotes que tienen oficialmente encomendado el cargo pastoral. De muy diversos alcance y contenido cientÃfico, las nuevas doctrinas acuden a variadÃsimos argumentos, como son los de carácter escriturÃstico, patrÃstico, teológico, histórico –doctrinal o histórico-disciplinar-. Tampoco han de faltar los argumentos de corte sociológico, psicológico o antropológico.
Un sector de argumentaciones viene a incidir agudamente sobre el principio institucional, hiriendo o desprestigiando en su base los resortes y argumentaciones tradicionalmente invocados en defensa de la indisolubilidad. En el mundo de lo concreto no existe más que personas. Ley natural, naturaleza humana, bien común, vÃnculo conyugal no son otra cosa que ficciones escolásticas o legalÃsticas sin consistencia para definir o decidir problemas sociales. Hay que ir de una visión institucional del matrimonio, a una visión interpersonal.
Otras tendencias vienen a recaer en el marco del matrimonio en cuanto sacramento, con la finalidad dominante de introducir el divorcio en la legislación canónica mediante la ampliación, prácticamente ilimitada, de los presupuestos de disolución admitidos con carácter excepcional por el derecho canónico. Junto a estas tendencias, que algunos escritores denominan legalistas o juridistas y que admiten sin demasiado entusiasmo a tÃtulo provisional en tanto se consiguen metas más liberadoras, aparecen propuestas más drásticas que afectan a la misma jurisdicción de la Iglesia sobre el matrimonio y a la desfiguración de éste como sacramento.
Finalmente, en la perspectiva del amor conyugal, nos referimos a las posturas que propugnan la dispersión del matrimonio cuando han desaparecido los elementos que lo componen como situación de hecho, en especial, cuando se ha extinguido el amor conyugal.
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